El Registro Marítimo Salvadoreño (REMS), es una dependencia orgánica de la Autoridad Marítima Portuaria, a la que compete registrar todos los bienes, contratos, derechos reales y personales, autorizaciones y licencias, que deban inscribirse. Las inscripciones en el REMS garantizan la propiedad o posesión de los buques y artefactos navales, así como la publicidad formal de los contratos y documentos que se relacionen con la operación portuaria.
La Gerencia Marítima es la responsable de aplicar la Ley General Marítimo Portuaria, los Reglamentos y los Convenios ratificados por El Salvador con el objetivo de ordenar el subsector del transporte marítimo, a fin de garantizar la seguridad de la navegación, la salvaguarda de la vida humana en el mar, la protección del medio ambiente marino, la facilitación del tráfico marítimo, así como la formación y titulación de la gente de mar, entre otros.
La Gerencia Portuaria, (GP), es una dependencia orgánica de la Autoridad Marítima Portuaria, a la que compete regular, fiscalizar, supervisar y controlar las actividades portuarias de El Salvador, en las áreas de Infraestructura Portuaria, Seguridad Portuaria, Costos y Tarifas, de acuerdo a las competencias de la Ley General Marítimo Portuaria (LGMP) y sus reglamentos.
La Autoridad Marítima Portuaria de El Salvador (AMP), en el cumplimiento de sus competencias institucionales es la encargada de aplicar el Convenio STCW’78 enmendado, el cual establece los requisitos mínimos aplicables a la certificación y titulación de gente de mar que preste sus servicios a bordo de buques mercantes, así como los conocimientos básicos que procede exigir para tal efecto. En el marco de la aplicación del Convenio STCW’78, el 21 de julio del 2015 la AMP otorgó una autorización al Centro de Formación de Marinos Mercantes ubicado en las instalaciones de la Fuerza Naval en el Departamento de La Unión, para que éste pueda iniciar con la formación de marinos para el Nivel de Apoyo.