Horarios de atención al público: De 8:00 am a 12:20 m y de 1:00 a 4:00 pm de Lunes a Viernes.
Base Legal: Artículo 54 del Reglamento para la Navegación de Buques y Autorizaciones de Gente de Mar
1. Completar formulario debidamente, que se puede obtener en las oficinas centrales de la AMP o se puede descargar dando clic en el siguiente enlace: procedimientoinscripcion.amp.gob.sv/descargas
2. Copia certificada de Documento Único de Identidad y/o Pasaporte si es extranjero.
3. Copia certificada de la Licencia de Primer Oficial de Máquinas.
4. Constancia de prestación de servicios por un periodo mínimo de embarco de sesenta (60) meses desempeñándose como Primer Oficial de Maquinas a bordo, veinticuatro (24) de los cuales, como mínimo, a bordo de buques con planta propulsora de más de 3,000 kW de potencia principal continua en Navegación Oceánica.
5. Constancia de aprobación de los cursos y exámenes establecidos en el Convenio para este cargo.
6. Constancia de aprobación de un curso práctico de combate de incendios en los últimos dos (2) años, impartido por una institución pública competente en la materia.
7. Para extranjeros se requerirán, los permisos correspondientes extendidos por otras Autoridades competentes.
8. Dos fotografías recientes de 3X4 cm.
9. Recibo de pago según corresponda.