Horarios de atención al público: De 8:00 am a 12:20 m y de 1:00 a 4:00 pm de Lunes a Viernes.
Base Legal: Artículo 58 del Reglamento para la Navegación de Buques y Autorizaciones de Gente de Mar
1. Completar formulario debidamente, que se puede obtener en las oficinas centrales de la AMP o se puede descargar dando clic en el siguiente enlace: procedimientoinscripcion.amp.gob.sv/descargas
2. Copia certificada de Documento Único de Identidad y/o Pasaporte si es extranjero.
3. Constancia que determine los conocimientos sobre las disposiciones del Capítulo IV del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974. Reglas 1 al 19; los conocimientos y requisitos mínimos exigidos por el Convenio y descritos en las Resoluciones 5 y su Anexo 7, sus Anexos y Apéndices y 14 y 15 o Anexos y Apéndices.
4. Constancia que determine los conocimientos sobre la reglamentación nacional de radiocomunicaciones marítimas y el Reglamento Internacional de Radiocomunicaciones (servicio móvil marítimo).
5. Para extranjeros se requerirán, los permisos correspondientes extendidos por otras Autoridades competentes.
6. Dos fotografías recientes de 3X4 cm.
7. Recibo de pago según corresponda.